En la presentación de la nota se puede escuchar a Marcela Herrera Noble decir:
"Nosotros fuimos adoptados de forma legal por nuestra madre"
Bueno bueno, de eso se trata precisamente este asunto, en esclarecer si fueron efectivamente adoptados de manera legal...
El punto es que aquí con Víctor Hugo la jueza Arroyo Salgado vuelve a explicar cómo fue el procedimiento y es muy bueno esto de poder subir audios "crudos" para que los lectores del blog tengan elementos contundentes para formarse una opinión en un caso tan delicado.
Está clarísimo que Clarín da la batalla en el terreno de "las formas" y el supuesto atropello a la intimidad de los hijos adoptados por la sra Herrera de Noble. Está clarísimo que cuando ellos se niegan a prestarse voluntariamente a que les extraigan muestras de ADN están refutando el dicho de Marcela de que fueron adoptados de forma legal puesto que si no tuviesen dudas se prestarían a todo tipo de exámenes. Está clarísimo que proceden en defensa de su madre adoptiva puesto que de probarse que la adopción fue sumamente irregular y que efectivamente son hijos de desaparecidos, a la señora la espera la cárcel.
También está muy claro que el procedimiento ordenado por la jueza es el de rigor y que sólo así se pueden obtener pruebas efectivas porque como ella mismo lo explica, por ejemplo en diciembre, el personal del juzgado tardó una hora y media para ingresar al domicilio con todo lo que ello implica en el sentido de borrar huellas.
Pero lo más contundente de todo es que los abogados de Marcela y Felipe firmaron las actas en conformidad, lo que constituye un elemento de una contundencia llamativa puesto que si algo de lo que se hizo hubiese estado al margen de la ley los letrados que asisten a la familia Herrera Noble no hubiesen puesto sus firmas.
Pero vuelvo a lo más importante que para mí es la posibilidad de acceder a los audios, de modo que todos los que los escuchen tengan elementos para formarse una opinión puesto que este caso se libra en dos frentes: El judicial y el mediático.
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2 comentarios:
hola che, quiero comentarte algo que para mí es un error común entre todos los que están tratando de darle difusión a este caso:
acá no están tratando de determinar si la adopción fue ilegal o si son apropiados. el adn es solamente para saber si eran hijos de desaparecidos. ese es el error. aunque no lo sean, los chicos fueron apropiados /adoptados ilegalmente. quiero decir, aunque no sean hijos de desaparecidos, ernestina tendría que ser investigada igualmente por las irregularidades evidentes y de público conocimiento que hubo en la adopción. se sabe que los testigos no eran vecinos sino sus custodios, y que el procedimiento del juzgado fue irregular. no hace falta que sean hijos de desaparecidos para que lo que hizo ernestina sea un delito. si vos o yo adoptamos un chico en estas condiciones y se sabe, seguro que vamos presos. por qué en este caso parece que es sólamente un crimen si eran hijos de desaparecidos? y si se los robó, los compró, o cualquier otra variante? es legal?
saludos
El problema es que si no son hijos de desaparecidos el crimen no es de lesa humanidad. Si el crimen no es de lesa humanidad por mas que los adoptara de forma ilegal (que ya se probaron varias irregularidades)prescribio y no tiene condena.
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