jueves, 18 de agosto de 2016

El fallo de la corte y sus interpretaciones

Lo que, en apariencia, sería un golpe al gobierno, no sería taan así.
Audio de la explicación de Néstor Expósito en Radio Del Plata.

2 comentarios:

GrouchoMarx dijo...

Dos cosas.

1) No estoy de acuerdo con lo de que esto no va a tener aplicación en los usuarios “no residenciales”. La Constitución no distingue. Es tan usuario mi tía como el hotel de la esquina. El fallo tiene efectos para mi tía porque fue la que presentó el pedido de amparo. Pero la Corte sentó jurisprudencia de que el tarifazo es nulo (para mi tía) por no haberse llevado a cabo las audiencias. Ergo, los usuarios no domiciliarios van a pedir amparos sobre esta base y va a quedar congelado hasta las audiencias.

2) Como bien dice Expósito, las audiencias no son vinculantes, así que una vez cumplida la formalidad, pueden mandar de nuevo el tarifazo y pasaría a ser legal. Pero acá el problema pasa a ser político. Porque para el común de la gente que ignora los vericuetos jurídicos, el tarifazo fue liquidado por la Corte y, en realidad, no es asi. Si no se manejan con astucia, se les puede pudrir de nuevo. Algo que, considerando los modales y compromisos de estos tipos, es absolutamente previsible.

Saludos.

GrouchoMarx dijo...

Postdata.

Después de escribir mi comentario anterior encontré esto, de Arballo:

http://www.saberderecho.com/2016/08/la-corte-y-las-tarifas-diez-cosas-que.html

Me tranquiliza ver que mucho no la pifié. Pero hace una salvedad interesante en el punto 10

"10. Criterios aplicables a reajustes de tarifas: razonabilidad, gradualidad y universalidad del servicio básico."

O sea que puede seguir judiciadizándose la cosa si siguen emperrados en jorobarnos la vida.

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